- Como representante de las entidades y personas con discapacidad física, ECOM manifiesta su preocupación porque, en la revisión que está haciendo del último borrador del código que ha hecho público el departamento de Trabajo, Asuntos Sociales y Familias, se está encontrando con retrocesos flagrantes como la exención de adaptar edificios en calles con pendiente o la no obligatoriedad de posar ascensores en edificios de viviendas de obra nueva.
- ECOM considera que es inadmisible que un Gobierno que está trabajando en un Pacto Nacional por los derechos de las personas con discapacidad –como compromiso de ajustarse al que establece la Convención de la ONU– apruebe un Código de Accesibilidad que deja la puerta abierta a llevar a cabo actuaciones que no garantizan la accesibilidad en igualdad de oportunidades a las personas con discapacidad física y que no es coherente si se tiene en cuenta el envejecimiento de la población.
- ECOM valora el esfuerzo que se ha hecho tanto desde los diferentes colectivos de la discapacidad como desde la Administración para elaborar este código pero denuncia que hay diferentes parámetros que perpetúan la vulneración de derechos y las desigualdades territoriales en accesibilidad.
- Por eso ECOM exige al Gobierno que rectifique antes de la aprobación definitiva algunos puntos del Decreto basados en prejuicios y estereotipos que atenten contra la dignidad y los derechos de las personas con discapacidad física.
Barcelona, 3 de febrero de 2020. ECOM, como entidad que defiende los derechos de las personas con discapacidad física de Cataluña, hace una llamada de alerta y manifiesta su preocupación porque, en la revisión que está haciendo del Código de Accesibilidad –que desde el pasado 30 de enero se encuentra en exposición pública, como paso previo para su aprobación– está detectando que el redactado de éste deja la puerta abierta a que se puedan llevar a cabo actuaciones que limitarán o imposibilitarán los derechos de las personas con discapacidad física de Cataluña.
Por eso ECOM urge y exige al Gobierno que rectifique y modifique antes de la aprobación definitiva del Decreto cuestiones flagrantes que supongan una discriminación directa de las personas con discapacidad física y van en contra de sus derechos y dignidad como colectivo.
Por ECOM es totalmente incoherente e inadmisible que un Gobierno que está trabajando en un Pacto Nacional por los derechos de las personas con discapacidad –como compromiso de ajustarse al que establece la Convención de los Derechos de las Personas con Discapacidad de la ONU– apruebe un Código de Accesibilidad que no se rige por los parámetros del diseño universal y que, incluso, es permisivo dejando la puerta abierta a la realización de actuaciones que no garantizan la plena accesibilidad en edificaciones de obra nueva.
Las cuestiones más flagrantes detectadas
Una de las líneas rojas que ECOM considera inadmisible es la posibilidad de seguir construyendo edificios de viviendas de obra nueva sin ascensor. ECOM defiende que el acceso a una vivienda accesible es imprescindible si queremos promover la vida independiente de las personas con discapacidad física, así como garantizarles su derecho a vivir y relacionarse con la comunidad, tal como establece la Convención. Además, es también totalmente incoherente esta permisividad teniendo en cuenta el envejecimiento de la población.
Exactamente el decreto el que contempla es la exención de no poner ascensor en las viviendas de entre 2 y 3 alturas de pisos, un perfil de vivienda que se corresponde a la gran mayoría de edificaciones de zonas rurales o barrios enteros de mucho municipios. Por eso ECOM tilda de grave esta exención puesto que considera que permitirla nos llevaría a seguir perpetuando las desigualdades territoriales existentes en Cataluña en materia de accesibilidad, uno de los retos prioritarios que se posan sobre la mesa cuando hablamos de la mejora de la accesibilidad.
Otra línea roja que ECOM ve inaceptable es el hecho que el nuevo Decreto exima de hacer accesibles las edificaciones existentes, que estén ubicadas en calles con una pendiente igual o superior al 16%. Para ECOM, toda edificación tiene que hacerse accesible independientemente si se encuentra en una pendiente o no, puesto que hoy es posible encontrar soluciones para la accesibilidad en los barrios o municipios con pendientes, como los productos de apoyo eléctricos o a través del transporte público y/o privado.
En la misma línea, ECOM ve ofensivo y completamente discriminatorio que un Decreto de accesibilidad diga que no hay que hacer accesibles los establecimientos de uso público donde (como literalmente dice el decreto) "se justifica que no es previsible la presencia de personas con movilidad reducida y silla de ruedas". Una exención que se refuerza diciendo “cuando se considere que las actividades y los servicios que se ofrecen son inapropiados para personas con discapacidad física".
La accesibilidad del transporte público y las calles, otro punto clave
Uno de los aspectos por los cuales desde ECOM esperaba con mucho interés el nuevo Decreto, era la regulación de vacíos legales, como por ejemplo el acceso al transporte público de personas usuarias de scooters: una cuestión que, después de ver como queda redactada al Decreto catalán, ECOM denuncia que no se ajusta ni a la realidad de las personas usuarias ni a una normativa estatal de rango superior y de obligado cumplimiento. Y, además, considera que en esta cuestión no se ha tenido en cuenta todo el trabajo desarrollado con el Ayuntamiento de Barcelona los últimos 5 años para facilitar esta regulación, cosa que le parece inconcebible.
En esta misma línea, ECOM cree que tampoco se han tenido en cuenta los trabajos hechos con las entidades de la discapacidad en relación a la regulación de las calles en plataforma única, y remarca que el que incluye el Decreto en cuanto a esta cuestión no soluciona la accesibilidad por ningún colectivo, y reproduce la misma inaccesibilidad física que tenía que resolver.
Por último, ECOM denuncia que el redactado del Decreto es demasiado complejo y continúa haciendo un uso abusivo de los conceptos "ajuste razonable", "practicable" y "proporcionalidad" sin criterios técnicos y sociales claros, una cuestión que ya denunció también cuando la aprobación de la Ley de accesibilidad de Cataluña de 2014. ECOM cree que esto dificultará que la aplicación real de la norma se ajuste al que establece la convención puesto que muchos aspectos quedarán bajo interpretaciones subjetivas que pueden ser discriminatorias.